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Declaración de la Renta y prestación por ERTE

Por 5 abril 2021abril 28th, 2021Sin comentarios

Las personas que hayan cobrado durante 2020 alguna prestación vinculada a un ERTE, están obligadas a presentar la Declaración de la renta en 2021. Pero, si deben pagar alguna deuda tributaria derivada de la declaración del IRPF, pueden optar por alguna de las tres modalidades siguientes de fraccionamiento:

  • Pagar, mediante domiciliación, el 60% del importe de la deuda el 30 de junio y el 40% restante, el 5 de noviembre. ​
  • Solicitar el aplazamiento o fraccionamiento “convencional”, que implica el pago de intereses de demora.
  • Solicitar el “fraccionamiento especial ERTE” (6 cuotas sin intereses)

NO será aplicable el “aplazamiento COVID”, de apoyo a la solvencia empresarial, que consiste en un pago a 6 meses con carencia de los cuatro primeros.

Declaración de la Renta e IMV

Si has sido beneficiario/a del IMV en el 2020, independientemente del importe total de tus ingresos, recuerda que tendrás la obligación de presentar la Declaración de la Renta.

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