Desde el pasado 7 de mayo, ese porcentaje que las personas físicas pueden deducir de sus impuestos en la declaración de la Renta ha aumentado en un 5%. No hay cambios para las personas jurídicas.
Uno de los beneficios fiscales de los que gozan las Iglesias evangélicas pertenecientes a la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE), de forma análoga a las entidades de Utilidad Pública, consiste en que las personas, tanto físicas como jurídicas, que realicen donaciones a las mismas, pueden deducirse en su correspondiente declaración de la renta (IRPF) un porcentaje de todo lo donado.
Desde el pasado 7 de mayo, ese porcentaje que las personas físicas pueden deducir de sus impuestos en la declaración de la Renta ha aumentado en un 5%. No hay cambios para las personas jurídicas.
Desde FEREDE se recomienda a las iglesias y entidades evangélicas que informen a sus miembros y donantes de estas novedades, para que las tengan en cuenta en sus correspondientes declaraciones del Impuesto sobre la Renta 2020 / 2021 de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al ejercicio 2020.
El siguiente gráfico muestra cómo se incrementan los porcentajes de las deducciones en la actualidad:
Más información: juridico@ferede.org
Fuente: Servicio Jurídico de FEREDE