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Subsidio Extraordinario para Personas Empleadas de Hogar

La Secretaría Permanente de la RIS, Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 informa que el subsidio para empleados de hogar ha entrado en vigor el martes 5 de mayo de 2020.

Resolución de 30 de abril de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se desarrolla el procedimiento para la tramitación de solicitudes del subsidio extraordinario por falta de actividad para las personas integradas en el Sistema Especial para Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social regulado en el Real Decreto-ley 11/2020.

Las  solicitudes podrán presentarse en cualquier oficina de asistencia en materia de registro, incluidas las oficinas de correos, dirigiendo la solicitud a Unidad Subsidios Empleadas de Hogar. Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal. Calle Condesa de Venadito, 9. 28027-Madrid. También está previsto que puedan presentarse  online a través de la sede si disponen de DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve.

En la Página principal del Espacio COVID, encontrarás las dos vías de presentación (presencial y telemática).
En este apartado del SEPE,  se proporciona información adicional sobre la solicitud, quién puede pedir el subsidio, la declaración responsable, y las instrucciones de cumplimentación.

 

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